En ISE Asesores, tu asesoría fiscal, laboral y contable de confianza, sabemos que las operaciones intracomunitarias pueden resultar complejas. Uno de los supuestos que más dudas genera es la venta de bienes en consigna. Con el cambio regulatorio en 202o se produjo una simplificación de la operativa. A continuación, te ofrecemos una guía detallada para que cumplas con todas tus obligaciones fiscales y contables y optimices tus procesos.
1. Definición y naturaleza jurídica
Un acuerdo de venta de bienes en consigna se establece entre dos profesionales o empresarios, donde el proveedor envía mercancías desde un Estado miembro de la UE a otro para que queden almacenadas a disposición de éste como cliente, sin que éste adquiera titularidad hasta su retirada dentro de los 12 meses siguientes. La normativa actual equipara la operación a una única entrega intracomunitaria exenta, seguida de una adquisición intracomunitaria sujeta cuando se produce la retirada. Anteriormente, se producía una entrega comunitaria del proveedor a si mismo dentro del país destino, y posteriormente una operación interior entre el proveedor y el cliente.
2. Requisitos imprescindibles para la simplificación
- Transporte intracomunitario: los bienes han de expedirse a otro Estado miembro sin establecimiento permanente allí.
- Identificación IVA: el cliente destinatario debe estar dado de alta a efectos de IVA en el país de destino, y su NIF intracomunitario debe conocerse antes del envío.
- Registro previo: el proveedor anota la operación en el Libro registro de intracomunitarias y en la declaración recapitulativa (modelo 349).
- Plazo máximo: el cliente ha de retirar los bienes dentro de los doce meses siguientes a la llegada al almacén de destino.
3. Tratamiento fiscal
Proveedor (Estado de origen): declara la entrega intracomunitaria exenta en su declaración periódica de IVA, pero no emite factura hasta la venta efectiva.
Cliente (Estado de destino): al retirar los bienes, práctica la adquisición intracomunitaria con inversión del sujeto pasivo, autorepercutiendo el IVA en su declaración.
4. Registro contable y SII
Si tu empresa está acogida al Suministro Inmediato de Información (SII), la anotación en el libro de intracomunitarias se realiza telemáticamente. Debes reflejar:
- Datos de expedición y llegada.
- NIF-IVA de cliente y proveedor.
- Descripción, cantidad y valor de los bienes.
- Cualquier sustitución, venta, devolución o incidencia.
5. Supuestos tras el envío
Escenario | Fiscal en origen | Fiscal en destino |
---|---|---|
Venta dentro de 12 meses | Entrega intracomunitaria exenta | Adquisición intracomunitaria |
Sustitución de destinatario | Como venta inicial | Como adquisición inicial |
12 meses sin venta ni devolución | Entrega interior con IVA | Adquisición intracomunitaria con IVA |
Devolución al origen | Sin efecto fiscal adicional | Sin adquisición intracomunitaria |
Transporte a otro Estado | Entrega intracomunitaria exenta | Adquisición intracomunitaria |
Destrucción, robo o pérdida | Entrega interior con IVA | Adquisición intracomunitaria con IVA |
6. Declaración recapitulativa (modelo 349)
En el portal de la AEAT encontrarás el modelo 349. Debes incluir:
- Expedición inicial: NIF-IVA del destinatario y valor.
- Sustituciones: datos del nuevo cliente.
- Devoluciones y anulaciones.
7. Ventajas y riesgos
Ventajas: flexibiliza la logística, mejora la tesorería y simplifica el registro de IVA.
Riesgos: requiere control estricto de plazos, documentación y registros; posibles sanciones por errores.
8. Buenas prácticas y herramientas
- Utiliza un ERP con módulo de intracomunitarias.
- Configura alertas de vencimiento de 12 meses.
- Integra contabilidad, facturación y libros de IVA en un único sistema.
- Forma a tu equipo en cambios normativos.
9. Caso práctico
Una empresa de electrónica envía 1.000 unidades a Francia. Al sexto mes, retira 300 unidades y se factura correctamente; al año, devuelve las restantes sin incidencias fiscales.
Conclusión
La venta de bienes en consigna es una fórmula eficiente dentro de las operaciones intracomunitarias, pero exige un cumplimiento riguroso de la normativa de IVA y de los registros contables. En ISE Asesores, tu asesoría fiscal, laboral y contable, combinamos experiencia y tecnología para garantizar:
- Correcto registro y facturación.
- Optimización de plazos y costes de IVA.
- Prevención de sanciones mediante auditorías y controles.
Y si necesitas asesoramiento personalizado, contáctanos aquí. En ISE Asesores como asesoría fiscal especializada estaremos encantados de ayudarte.