24 julio, 2025

Sociedad limitada constitución: Guía completa para crear tu empresa

Tres jóvenes profesionales en una oficina protagonizan una escena divertida y creativa sobre la constitución de una sociedad limitada.

Constitución sociedad limitada y por qué crear una SL

Constituir una Sociedad Limitada (SL) es uno de los primeros pasos estratégicos para emprender en España con seguridad, control y previsión. Este tipo de figura jurídica ofrece protección al patrimonio personal, flexibilidad en su gestión y ventajas fiscales que la han convertido en la favorita entre autónomos, freelancers y nuevos empresarios que deciden dar el salto al mundo empresarial.

En términos legales, la constitución SL se refiere al conjunto de pasos formales que convierten a un proyecto en una persona jurídica reconocida ante la ley. Pero más allá del papeleo, es un proceso que define el futuro de tu empresa: su nombre, su estructura, sus reglas internas, y hasta su potencial para crecer.

Desde nuestra experiencia en ISE Asesores con más de 20 años constituyendo sociedades limitadas para nuestros clientes, sabemos que este paso no se trata simplemente de rellenar formularios. Participamos activamente en el asesoramiento sobre la conveniencia de la sociedad, evaluando factores como el capital inicial, número de socios, y objetivos empresariales. Es decir, nos involucramos en todo el proceso de forma práctica y directa.

Crear una SL no solo permite compartir la responsabilidad entre socios, sino que también mejora la imagen corporativa frente a clientes, proveedores e inversores. Además, existen líneas de financiación y ayudas específicas para este tipo de sociedades que no están disponibles para los autónomos.

¿Qué implica en la sociedad limitada su constitución y por qué es esencial?

La constitución de una sociedad limitada es el proceso legal mediante el cual se crea una Sociedad de Responsabilidad Limitada (SL), otorgándole personalidad jurídica para operar de forma oficial y limitada en responsabilidad. Este paso transforma una idea de negocio en una empresa reconocida legalmente. No se trata solo de burocracia: la constitución correcta de una SL implica tomar decisiones estratégicas clave desde el inicio. ¿Cuánto capital aportar? ¿Qué nombre elegir? ¿Cómo redactar los estatutos? ¿Qué implicaciones fiscales y laborales tiene? Estas preguntas no son menores y marcarán el futuro del negocio. Crear una SL no solo ofrece protección al patrimonio personal, sino que también mejora la imagen profesional ante clientes e inversores, abre puertas al crédito y permite una gestión fiscal más eficaz.

Ventajas de crear sociedad limitada frente a otras formas jurídicas

Una Sociedad Limitada combina flexibilidad de gestión con una protección legal que no ofrecen otras formas jurídicas más sencillas, como el autónomo individual o las comunidades de bienes.

Entre las ventajas principales:

  • Responsabilidad limitada al capital aportado. Los socios no arriesgan su patrimonio personal.

  • Capital social mínimo de solo 1 euro desde 2022, accesible para cualquier emprendedor. Aunque no lo aconsejamos.

  • Estructura adaptable: permite desde un único socio (SLU) hasta múltiples socios.

  • Mayor profesionalización de la actividad, ideal para establecer relaciones comerciales serias.

  • Acceso a financiación bancaria, subvenciones y concursos públicos.

  • Posibilidad de incluir nuevos socios e inversores fácilmente.

  • Beneficios fiscales en ciertos regímenes como sociedades de nueva creación.

Es una figura que se adapta tanto a negocios familiares como a startups tecnológicas.

Nosotros asesoramos a diario sobre cuándo conviene esta figura frente a una sociedad anónima (SA) o incluso frente a emprender como persona física. En muchos casos, la SL es el paso natural para crecer sin poner en riesgo el patrimonio personal.

Paso 1: solicitud de denominación social para una SL

El primer paso para crear una sociedad limitada es solicitar el Certificado Negativo de Denominación Social en el Registro Mercantil Central (RMC). Este documento acredita que el nombre elegido para tu empresa no está ya registrado.

Aquí es donde nuestra experiencia marca la diferencia. A menudo ayudamos a los clientes a generar varias opciones de nombre, cuidando no solo que el nombre esté libre, sino también que el dominio web correspondiente esté disponible, y que no existan marcas similares registradas que puedan generar conflictos futuros.

Uno de los errores más comunes es elegir nombres demasiado genéricos o similares a otros. Nosotros, desde el primer momento, ayudamos con los nombres para evitar que sean nombres similares a otros que ya estén cogidos o que luego tengan algún tipo de problema. Este paso, aparentemente sencillo, puede evitar muchos dolores de cabeza legales y de marketing más adelante.

Una vez elegido, se tramita en línea ante el RMC y en 24 a 48 horas suele estar resuelto. El certificado tiene una validez de 6 meses, pero solo reserva el nombre durante 3 meses.

Paso 2: apertura de cuenta y aportación del capital social

El siguiente paso es abrir una cuenta bancaria a nombre de la futura sociedad (en constitución) y realizar el ingreso del capital social mínimo, que desde la reforma legal de 2022 puede ser de tan solo 1 euro. No obstante, en la práctica muchos emprendedores optan por aportes mayores (3.000 € o más) para ofrecer mayor solidez financiera desde el inicio. Esta última opción es al recomendamos desde ISE asesores.

En este punto también orientamos al cliente sobre la conveniencia de mayor o menor capital social, ya que puede influir en la imagen ante bancos y proveedores, así como en la distribución de participaciones si hay varios socios.

Una vez hecho el ingreso, el banco emite un certificado de depósito que será necesario presentar ante notaría. Este capital inicial puede ser aportado en metálico o en especie (ordenadores, mobiliario, etc.), aunque en este segundo caso se requiere un inventario detallado y en algunos casos valoración pericial.

Paso 3: redacción de estatutos y escritura pública de constitución SL

La escritura pública de constitución es el documento legal que da vida a la sociedad. Se otorga ante notario e incluye:

  • Datos personales de los socios y administrador(es)

  • Estatutos sociales

  • Acreditación de la aportación del capital social

  • Certificación del nombre

  • Voluntad de constituir la sociedad

Los estatutos sociales son la “constitución” de la empresa: definen su objeto social, sede, duración, forma de administración, reglas de reparto de beneficios, entre otros aspectos clave.

Este punto es especialmente delicado. Aquí es donde más valor aportamos como asesores, ya que ayudamos a redactar estatutos personalizados según el tipo de negocio, relación entre socios, necesidades fiscales y previsiones de futuro. Una cláusula mal redactada puede generar bloqueos o conflictos en el futuro.

Además, acompañamos al cliente a la notaría y resolvemos todas las dudas que puedan surgir durante el acto de firma.

Paso 4: inscripción en el Registro Mercantil y obtención del NIF

Con la escritura firmada, se inscribe la sociedad en el Registro Mercantil Provincial, donde se le asigna un Número de Identificación Fiscal (NIF) definitivo y se publica en el Boletín Oficial del Registro Mercantil (BORME).

El plazo legal para inscribir la SL es de 2 meses desde la firma notarial, aunque en la práctica se recomienda hacerlo de inmediato para no retrasar el inicio de actividad.

Antes de la inscripción se puede solicitar un NIF provisional en la Agencia Tributaria, válido por 6 meses, pero la empresa no puede operar plenamente sin la inscripción formal.

En nuestra asesoría realizamos todos estos trámites en nombre del cliente, gestionando directamente con el Registro Mercantil para ahorrar tiempos y evitar errores formales que puedan retrasar la inscripción.

Paso 5: alta en Hacienda, IAE, IVA y trámites fiscales

Una vez inscrita, la empresa debe darse de alta en Hacienda mediante el modelo 036. Este trámite incluye:

  • Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE)

  • Comunicación del régimen de IVA aplicable

  • Registro de obligaciones tributarias: retenciones, pagos fraccionados, etc.

Aquí es donde entra en juego la asesoría fiscal especializada. Dependiendo del tipo de actividad, el volumen esperado de ingresos y otros factores, conviene optar por regímenes fiscales específicos o solicitar exenciones.

Desde nuestra asesoría fiscal acompañamos a cada nuevo empresario para definir correctamente su situación fiscal desde el principio. Evitamos sorpresas desagradables como sanciones por presentación incorrecta de impuestos, elección de epígrafes erróneos del IAE o desconocimiento de obligaciones trimestrales.

Este paso también incluye la solicitud del certificado digital, esencial para realizar trámites en línea con Hacienda, Seguridad Social y otras administraciones.

Paso 6: alta en Seguridad Social y obligaciones laborales

Si la SL va a tener trabajadores desde el principio, debe realizar también:

  • Alta como empresa en la Seguridad Social

  • Alta de los administradores en el Régimen General o RETA

  • Inscripción del centro de trabajo

  • Comunicación de apertura de centro de trabajo a la autoridad laboral

La asesoría laboral que ofrecemos es esencial para cumplir con la normativa laboral desde el minuto uno. El alta del administrador dependerá de si ejerce la funciones de dirección y gerencia, si trabaja en la sociedad, etc.. y si tiene control efectivo sobre la sociedad. También orientamos sobre qué tipo de contrato conviene utilizar en función del perfil de los empleados.

Si el empresario es socio único, también debe darse de alta como autónomo societario.

Desde nuestra firma, realizamos todas las altas necesarias y damos soporte continuo en la gestión de nóminas, contratos, seguros sociales y obligaciones anuales ante la Inspección de Trabajo.

Servicios de asesoría fiscal, laboral y mercantil: acompañamiento clave

La creación de una sociedad limitada no es solo una cuestión de presentar papeles. Involucra decisiones estratégicas, jurídicas y financieras que tendrán impacto a medio y largo plazo.

Aquí es donde se hace evidente la importancia de contar con una asesoría integral especializada. Desde nuestra experiencia acumulada durante más de dos décadas, hemos visto cómo muchas sociedades fracasan por errores evitables al inicio: elección inadecuada del objeto social, reparto injusto de participaciones, falta de previsión fiscal, etc.

Por eso ofrecemos:

  • Asesoría fiscal para configurar el sistema impositivo más conveniente y evitar sanciones.

  • Asesoría laboral para cumplir con todas las obligaciones y optimizar la contratación.

  • Asesoría mercantil para redactar estatutos, pactos de socios y gestionar cambios societarios.

Y lo más importante: acompañamos al cliente en todos los pasos, desde la idea inicial hasta la constitución formal. Acompañamos incluso a la notaría y resolvemos in situ todas las dudas. Es un trabajo que dominamos, nos sentimos muy cómodos haciéndolo, y es estupendo.

Preguntas frecuentes sobre la sociedad limitada constitución

¿Puedo crear una SL yo solo?

Sí. Se trata de una Sociedad Limitada Unipersonal (SLU). Es totalmente legal y funcional, ideal para emprendedores que inician un proyecto por cuenta propia pero quieren limitar su responsabilidad personal.

¿Qué impuestos paga una SL después de la constitución?

Una vez completado el proceso de sociedad limitada constitución, la empresa tributa por el Impuesto de Sociedades (normalmente al 23 %, antes el 25%), gestiona el IVA y presenta modelos fiscales según su actividad. En los dos primeros años puede tributar al 15 % si cumple los requisitos como sociedad de nueva creación. OJO, ahora hay un periodo transitorio de tipos de tributación para empresas que facturen menos de un millón. AEAT.

¿Qué pasa si un socio quiere abandonar la SL?
Debe regirse por lo establecido en los estatutos o un pacto de socios. Es fundamental incluir cláusulas que regulen entradas y salidas para evitar bloqueos o conflictos. En la práctica hay dos manera:
  • Llegar a un acuerdo para vender sus participaciones a los otros socios o en su defecto a un tercero.
  • Iniciar un procedimiento de separación de socio.
¿Qué diferencia hay entre una SL y una SA?

La SA requiere 60.000 € de capital mientras la SL se puede constituir por 3.000 ( aunque también se puede constituir con un euro, con determinados requisitos, aunque no aconsejamos).

La compraventa de acciones de las SA es totalmente libre, mitras la venta de participaciones sociales de las SL está sujeta a ciertas restricciones. Las SA cuentan con más obligaciones formales mientras que la SL es más flexible, económica y adecuada para pymes y autónomos que desean proteger su patrimonio.

¿Qué servicios incluye una asesoría profesional en la constitución de sociedad limitada?

Nuestro servicio integral de sociedad limitada constitución incluye: Asesoramiento jurídico y fiscal Redacción de estatutos personalizados Acompañamiento a notaría Alta en Hacienda y Seguridad Social Trámites con Registro Mercantil Obtención del NIF y certificado digital Y lo más importante: acompañamos al cliente en absolutamente todos los pasos, con implicación real.

¿Quieres constituir tu Sociedad Limitada con asesorado por  expertos?
 Llámanos o contacta aquí.

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