¿Cómo quedan las retenciones 2015?
La reforma fiscal para 2015 introduce modificaciones en las retenciones que debemos tener en cuenta, a continuación te las contamos:
-Los alquileres tendrán una retención del 20% ( en vez del 21%). El IVA sigue al 21%.
-Las facturas de los profesionales tendrán una retención del 19%, (en vez del 21%)
No obstante, los profesionales, durante el año de inicio de la actividad y los dos siguientes, podrán aplicar una retención del 9%.
Si los Rendimientos Íntegros de actividades profesionales en el ejercicio anterior son inferiores al 15.000.-€ (y además, tal importe es mayor que [ 0,75 por la suma de todos los rendimiento por actividades económicas más los de trabajo], se podrá aplicar una retención del 15%.
Ojo que la aplicación de estas retenciones reducidas del 9% y 15% no implica una menor tributación, pues cuando llegue la declaración de la renta habrá que pagar la diferencia.
-Las retenciones de la actividades empresariales en estimación objetiva (módulos) siguen al 1%.
-Las retenciones por rendimientos del capital mobiliario, es decir, intereses de cuentas corrientes, depósitos, dividendos, etc.. bajan al 20%.
-La venta de acciones y participaciones en fondos de inversión también bajan al 20%.
Y para los rendimientos del trabajo se aplica un algoritmo de cálculo que en general supone una pequeña reducción en las retenciones.
A modo de ejemplo, para una retribución bruta anual de 12.000.-€ de una persona sin hijos cobrará unos 26.-€ netos más al mes, para retribuciones del 18.000.-€ serán unos 14,90.-€ y para las de 30.000 unos 21,30.-€.
Para cualquier duda sobre como se aplican las retenciones cuenta con nuestra asesoría fiscal.