Ayudas al uso del valenciano
Acaba de publicarse las ayudas a las empresas para el uso del valenciano.
¿Qué subvencionan?
Una de estas actuaciones (una y solo una por empresa)
a) La rotulación, exclusivamente en valenciano, del interior y exterior de las dependencias (por ejemplo, indicadores, toldos, luminosos, etc.) y los vehículos de la empresa.
b) La denominación de los productos y/o de su etiquetado (por ejemplo, bolsas, papel de embalar, cajas, etiquetas…). Si se trata del etiquetado o de la información al consumidor, el texto deberá estar, como mínimo, en valenciano.
c) El uso, exclusivamente en valenciano, en la documentación administrativa, técnica, informática, y en la edición de guías y catálogos de la empresa, así como en páginas webs.
Si las páginas webs son bilingües o plurilingües, deberán tener la página de inicio en valenciano o dar la opción de seleccionar la versión en valenciano antes de acceder a los contenidos de la página.
Se excluyen los materiales promocionales, como llaveros, bolígrafos, camisetas, gorras, calendarios, pancartas.
El porcentaje y la cantidad máxima de la subvención serán los
siguientes:
a) Rotulación. Valoración máxima de 10 puntos. La subvención será, como máximo, del 50% de la cantidad solicitada. El importe máximo de la subvención será de 1.000 euros.
b) Denominación de productos. Valoración máxima de 9 puntos. La subvención será, como máximo, del 50% de la cantidad solicitada. El importe máximo de la subvención será de 1.000 euros.
c) Documentación administrativa, técnica e informática, catálogos, etc. Valoración máxima de 8 puntos. La subvención será como máximo del 50% de la cantidad solicitada. El importe máximo de la subvención será de 1.000 euros.
Para ampliar esta información y recibir un adecuado asesoramiento consúltenos.