18 mayo, 2011

2/3/2011. Ayudas al uso del valenciano

Ayudas al uso del valenciano

Acaba de publicarse las ayudas a las empresas para el uso del valenciano.

 ¿Qué subvencionan?

Una de estas actuaciones (una y solo una por empresa)

a) La rotulación, exclusivamente en valenciano, del interior y exterior de las dependencias (por ejemplo, indicadores, toldos, luminosos, etc.) y los vehículos de la empresa.

b) La denominación de los productos y/o de su etiquetado (por ejemplo, bolsas, papel de embalar, cajas, etiquetas…). Si se trata del etiquetado o de la información al consumidor, el texto deberá estar, como mínimo, en valenciano.

c) El uso, exclusivamente en valenciano, en la documentación administrativa, técnica, informática, y en la edición de guías y catálogos de la empresa, así como en páginas webs.

Si las páginas webs son bilingües o plurilingües, deberán tener la página de inicio en valenciano o dar la opción de seleccionar la versión en valenciano antes de acceder a los contenidos de la página.

Se excluyen los materiales promocionales, como llaveros, bolígrafos, camisetas, gorras, calendarios, pancartas.

El porcentaje y la cantidad máxima de la subvención serán los

siguientes:

a) Rotulación. Valoración máxima de 10 puntos. La subvención será, como máximo, del 50% de la cantidad solicitada. El importe máximo de la subvención será de 1.000 euros.

b) Denominación de productos. Valoración máxima de 9 puntos. La subvención será, como máximo, del 50% de la cantidad solicitada. El importe máximo de la subvención será de 1.000 euros.

c) Documentación administrativa, técnica e informática, catálogos, etc. Valoración máxima de 8 puntos. La subvención será como máximo del 50% de la cantidad solicitada. El importe máximo de la subvención será de 1.000 euros.

Para ampliar esta información y recibir un adecuado asesoramiento consúltenos.

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