Estas son algunas de las medidas recogidas en la nueva Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo:
- La más destacada es la ampliación a un año ( antes era seis meses) de la tarifa plana de 50 euros para los nuevos autónomos y pueden acogerse a ella aquellos que hayan cesado su actividad dos años antes ( antes tenían que haber pasado cinco años). Una vez pasado este año, la tarifa se bonificará durante seis meses al 50 % y durante otros seis al 30 %.
- Los autónomos podrán cambiar hasta cuatro veces al año su base de cotización para adecuarla mejor a los ingresos, antes solo era dos veces al año.
- Podrán darse de alta y baja hasta tres veces al año y pagar solo por los períodos efectivamente trabajados.
Los recargos por retraso en el pago a la Seguridad Social en el primer mes se reducen del 20 % al 10 %.
La tarifa plana de 50 euros también se aplicará a las mujeres que reemprendan su actividad tras el período de maternidad. - Se podrán desgravar los gastos de manutención hasta 26,67.-€ al día y hasta 48,-€ en caso de salir al extranjero.
- Posibilidad de aplicar una deducción del 30% sobre el 20% de los suministros de la vivienda si ésta es utilizada para el desarrollo de la actividad.
- Bonificación de 100 % de la cotización a la Seguridad Social para los autónomos durante el descanso por maternidad, paternidad, adopción etc.
- Se permite compatibilizar el trabajo autónomo con la percepción del 100 % de la pensión si el autónomo tiene contratado, al menos, a un trabajador.
- Se reconoce el accidente “in itinere” a los autónomos, es decir: en el trayecto de ida o vuelta al trabajo.
- Se aumenta hasta 12 años la edad de menores a cargo que da derecho al reconocimiento de la bonificación por conciliación.